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El Decreto 825/2024 reglamenta el artículo 2 del Código Aeronáutico, clasificando la aeronáutica civil aerocomercial como un servicio esencial. Determina que la interrupción de este servicio público esencial puede generar graves consecuencias, amenazar la seguridad o la salud de la población, afectar el suministro de insumos esenciales y dificultar tanto la conectividad como el comercio local e internacional.